El Tribunal Superior de Susticia de La Rioja (TSJLR), en sentencia firme, falla a favor del Grupo Municipal Socialista en un recurso contra la denegación de información por parte del Alcalde de Calahorra.
Lamentablemente, ha tenido que ser un tribunal de justicia quien obligue al Alcalde, Luis Martinez Portillo, a cumplir la ley y entregar al Grupo Municipal Socialista un informe técnico municipal.
El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en sentencia firme, deja claro que el Ayuntamiento de Calahorra vulneró el derecho fundamental a participar en los asuntos públicos y a la función representativa de quienes forman parte del Grupo Municipal Socialista reconocido a través del artículo 23.1 de la Constitución Española.
Estamos ante la vulneración del derecho a la información, un derecho inherente al núcleo de la función representativa que los concejales electos tienen tanto el derecho como el deber de cumplir. Denegando el accedo al informe técnico, el Alcalde se ha entrometido ilegítimamente en los derechos que a los representantes políticos les reconocen las leyes.
El pasado 18 de diciembre de 2014 (hace un año), el PSOE solicitó por registro ver un informe elaborado por la letrada municipal. El 23 de diciembre, mediante Decreto del Alcaldía dictado por Luis Martínez Portillo, se notifica “Denegar a Doña Elisa Garrido Jiménez, en representación del Grupo Municipal Socialista, la petición de acceso al informe”.
Con la certeza de que dicho decreto suponía un abuso por parte del Alcalde, el Grupo Municipal Socialista presentó un recuso contra dicho decreto ante el Juzgado Contencioso Administrativo que, en primer instancia, denegó el recurso del Grupo Socialista. De la misma manera, y con el firme convencimiento de defender el derecho a la información de los concejales del Grupo Municipal Socialista en representación de los ciudadanos y ciudadanas de Calahorra, la sentencia fue apelada ante el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja
Esta semana, el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha dictado sentencia firme (inapelable por tanto) estimando el recurso planteado, revocando la sentencia recurrida y declarando el derecho del Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Calahorra a acceder al informe solicitado, en contra de lo establecido por la Resolución de 23 de diciembre de 2014 del Excmo. Ayuntamiento de Calahorra en el expediente E62-2014/BFH, por ser contrario a derecho.
Queda clara la falta de transparencia del alcalde Luis Martínez Portillo y del Grupo Municipal del Partido Popular que conculcó el derecho fundamental a la información del Grupo Socialista. El Grupo Socialista se ha visto obligado a recurrir a los tribunales de justicia en busca del amparo para que se obligue al Alcalde a cumplir la ley y a no vulnerar el derecho de los concejales socialistas.
Tras demasiados años de mayoría absoluta, los modos de hacer política del PP de Calahorra quedan demostrados en esta sentencia.
El PSOE continuará con su labor política constante y rigurosa a pesar de las trabas y los intentos de obstrucción del Partido Popular de Calahorra.
Lamentamos profundamente haber tenido que recurrir a un proceso judicial que se podía haber ahorrado fácilmente simplemente dando acceso a dicho informe a los concejales socialistas.
Por fortuna los tribunales de justicia han garantizado el derecho fundamental que nos asiste como representantes públicos garantizado por la Constitución Española y los ciudadanos y ciudadanas de Calahorra, con sus votos, han quitado la mayoría absoluta al PP. Una mayoría que usaban con desmesura y poniendo los interese del PP por encima de los intereses de Calahorra.
La falta de transparencia y la denegación del acceso a la información generan una merma importante en la calidad democrática del Ayuntamiento de Calahorra intolerable que el Grupo Socialista no va a permitir. Los ciudadanos dejaron claro en las urnas que quieren otras formas de gobierno para la ciudad.